El nuevo consenso petrolero: la clase política al PetroEstado colapsado,
la Santa María de la industria petrolera. ¡¡Sin propiedad ni derechos de propiedad,
acá no ha pasado nada, un pis en emergencia humanitaria!!
El nuevo-viejo consenso: ¡Acá no ha pasado nada!
A esos conceptos y valores podemos llegar por intuición y por vía cognitiva. Por intuición, porque el ser humano es el único ser viviente que reclama derechos de propiedad para su sobrevivencia, progreso económico, y cognitivo, por cualquiera de las vertientes del conocimiento y la información y su uso en la sociedad particularmente por la historia reciente, y por el acercamiento ideológico de dos bloques políticos, el chavismo y la oposición partidista.
La coincidencia en lo que a petróleo respecta no debe ser una sorpresa, nunca estuvieron lejos, el mismo caldo del Petro-Estado, con algunos stylized facts, los partidos todos, gobierno y oposición aceptan y desean que el Estado siga rigiendo el petróleo, dueño, aceptando algunas asociaciones con inversionistas extranjeros, estatales y eventualmente privados, pero sin un claro marco jurídico que haga respetar los derechos de propiedad, por ello ambos grupos políticos mantienen la LOH de Chávez y algunas rasguños para vender la idea que son capaces de un cambio,.
Sin embargo, la lectura del último borrador de la LOH no difiere de los dos borradores anteriores. Los políticos en la AN están decididos a que el Estado/Gobierno sea el eje – el PetroEstado – para que una supuesta renta del petróleo percole como ayer, del pozo al fisco y luego a la distribución de los pobres, así con aquellos que eran socios de vista –sin derechos de propiedad correctamente definidos. Ese status quo es compartido por las diversas variantes del socialismo criollo.
En medio del colapso petrolero…
El fenómeno económico que dormitaba en la agenda nacionalista del petróleo que condujo a la estatización, nacionalización del petróleo y afines en 1975, la primera de ellas, – la segunda ocurrió en 2007/2009- consecuencia de un mal o ningún análisis económico del mercado petrolero que emergía del subsuelo nacional y que hizo creer a la clase política de esos años que en –sus- manos del Estado, toda la “renta del petróleo” fluiría como ingreso primario fiscal porque ya no habría empresas privadas extranjeras para compartir el ingreso petrolero.
Los legisladores no han cambiado su franela de PDVSA, mantienen la esperanza que ellos puedan continuar el reparto político -dentro y fuera de la estructura del Petro Estado fundado con la nacionalización- .de un esquema económico caracterizado por una mala asignación de recursos –y hasta en la propia industria petrolera- entre inversión o ingreso fiscal, el falso dilema que, sobre la extracción de cash fiscal del petróleo para pagar el progreso económico, el cual nunca existió, era solo la gran propaganda nacional que justificaba el control político por parte de los partidos de la renta del petróleo, fenómeno inaugurado en enero 1975 con la nacionalización del petróleo.
Para 1975 era evidente que la nacionalización y el Petro Estado fueron un error; la nacionalización dejaba una industria en proceso de rezago económico, financiero, tecnológico, fundado en una economía que operaba fuera del mercado – en poder del consenso político- acordaron invertir la industria en el mercado internacional en lo que pomposamente llamaron la internacionalización del “petróleo venezolano” curiosamente coincidió con caída de la producción y el rápido agotamiento de los petróleos más competitivos; a saber, condensados, livianos y maduros, dejando en el camino petróleo con elevado costo de producción y con problemas de reposición por un crudo de poca demanda por problemas de contaminación, lo cual requería y exigía tecnología, capital y socios extranjeros de bolsillo profundo.
El principio del fin: de la nacionalización a una apertura rezagada
Entrando los noventa, en medio de una colosal crisis económica y financiera, se inició la apertura petrolera que decía sin pelos en la lengua que estábamos invitando a empresas, con capital, tecnología y administración para esa tarea de los extrapesados en la FPO, y otros, a lo que no era fácil entonces sostener las razones de la nacionalización, y que en palabras de Bolívar podría leer, “…tanto nadar para morir en la orilla…”. El proceso de apertura se hizo sobre la marcha, los soportes de adentro, managers y tecnocracia, por un lado y quizás por conveniencias políticas, sin olvidar la presencia critica de los grupos nacionalistas en las FAN, disparando desde afuera, frente a una gran realidad, sin una apertura al capital privado internacional – a los mismos que fueron pateados quince años atrás- la declinación de la producción ya en camino era acampanada por el agotamiento del recurso competitivo.
Acotemos que competitividad, en el marco de una empresa estatal de configuración fiscal, -yacimientos petrolíferos fiscales- se administra desde el gobierno como una economía reconvertida a un proceso de maximización de la renta petrolera, cuya dinámica temporal implica la descapitalización de la industria petrolera en el largo plazo, en virtud de la imposibilidad d establecer metas económicas en competitividad y eficiencia. Es importante esta acotación dado que sus deseconomías reales impiden el establecimiento de un punto de equilibrio –maximizando renta- que signifique al mismo tiempo un proceso de competitividad y eficiencia, como el que opera en el mercado bajo los parámetros de rendimiento de una empresa en propiedad privada.
Esa diferencia negativa conforma la diferencia entre ambos modelos, el estatal y el privado y sus consecuencias la podemos medir en la continua dinámica económica negativa que la trajo a un espacio de colapso económico, financiero, tecnológico. Revisando esa historia contamos aproximadamente cuarenta y cinco años, un tiempo suficiente para embriagar al Estado y empobrecer al ciudadano, a quien la política convirtió en “propietario nacional” – propagandístico- sin título de propiedad, ni uso, ni usufructo ni disponibilidad.
El cambio del modelo: de estatal a mixto, sin un requerido “rule of law”.
El cambio de modelo económico, -mixto, privado internacional y estatal nacional- vino con la apertura, proceso político dirigido a recomponer el futuro en el medio plazo del rezago causado por la nacionalización en 1972, fue realizada sobre grandes esperanzas en los petróleos extrapesados. Los chantajes políticos creados desde 1948 hasta 1961 con la reformada constitución, los gritos en el nuevo Congreso estaban dirigidos hacia la nacionalización, lo cual puede documentarse de los debates relacionados con el tema petrolero, era evidente que la agenda de nacionalización estaba corriendo con la inauguración del régimen político de partidos y elecciones, a lo cual se le llamo democracia, comenzó a correr en el Gobierno de R Betancourt y finalmente ejecutada en 1972-75 en el gobierno de CAP.
El proceso de apertura implicaba asociación con empresas privadas internacionales, lo cual implicaba serios cambios institucionales porque desde 1945 el régimen de operatividad de la industria petrolera desde 1975 fue la administración del negocio petrolera y su configuración fiscal, renta petrolera en poder del Estado/Gobierno debía transitar hacia su privatización – de cualquier manera- era evidente, -pero fue obviado por la conjunción de una tecnocracia estatal con el control de las operaciones de PDVSA y el Estado –el PetroEstado- y una clase política de una apertura sin los requeridos cambios institucionales que dieran largo plazo a la industria petrolera.
El proceso de apertura requería importantes cambios institucionales, que le dieran continuidad a la industria así no sea el fisco el gran beneficiado sino la economía privada nacional incluido el venezolano que podría beneficiarse del desarrollo de la industria petrolera nacional, pero privo el régimen rentista montado sobre una apertura “chimba y chueca”. Las reglas requeridas, una reforma constitucional y un marco jurídico que hiciera claro al mundo el asunto de los derechos de propiedad de los participantes exitosos en el proceso de apertura. Se necesitaba consolidad institucionalmente una especie de rule of law petróleo – que nunca hemos tenido- que forjara el marco jurídico que imponía el retorno de las empresas extranjeras al negocio petrolero nacional y que permitiera al venezolano, empresario y emprendedor su participación natural en la industria petrolera, se trataba de montar el modelo Texas en corto plazo y darle así durabilidad a la industria, pero en manos privadas, y no del Estado.
No era difícil para algún economista, por ejemplo, al hacer la proyección económica, tecnológica financiera en un marco de costo beneficio, en el mediano plazo después de la nacionalización que el camino escogido no era el del desarrollo, la nacionalización no soportaba un análisis de costo beneficio para un largo plazo, de hecho, la apertura fue simplemente el trafago amargo para el Estado, la tecnocracia y la política, que la nacionalización de hace quince años fue un fiasco en términos económicos, tecnológicos, financieros, la nacionalización fue la figura de control político del negocio por la política y sus aliados dentro de la corporación.
La tardanza de la apertura pago el precio, en 1999, con el cambio constitucional hacia el socialismo de Chávez traería el fin de la apertura a los mercados de la industria petrolera nacional, pero esta retorno, con una nuevo pase nacionalista, que quiso engañar al mundo que la ley de empresas mixtas serian el remedio a la industria petrolera, en realidad todo lo contrario, esa ley no creo nunca un marco jurídico y derechos de propiedad correctamente definidos, por un lado y por el otro la asociación casi exclusiva con empresas petroleras estatales internacionales, ninguno de los dos espacios pagaron, y por ello el sistema de empresas mixtas fracaso, en momentos en que declinación de la producción y agotamiento del recurso competitivo eran ya una realidad.
Llegaba el socialismo: la opinión pública y la intelligenia no lo creyeron.
La política, los amos del juego, prefirió “no meter las manos en la caja llena de gatos…” y se sostener la fuerza dominante del Petro Estado en su relación económica con los inversionistas privados extranjeros, manteniendo así un débil marco jurídico que duraría apenas duro unos cinco años. Todo el proceso de reversión de la apertura, quedo desnudo ante los forjadores del PetroEstado, Así en 1999 llegaron los cambios constitucionales y de un solo manotazo, la apertura fue desmontada, el petróleo reforzaría su posición en la nacionalización de 1975 de toda la renta al rey, en 2002 teníamos la Ley Orgánica de Hidrocarburos, con las reglas del juego, al lado del diseño fiscal constitucional.
Para 2007, llego el proceso de crear empresas mixtas, y la liquidación de la apertura, y el segundo momento nacionalizador, desde el subsuelo hasta la estatización de aquellos oficios conectados al petróleo pero no petroleros per se , Las nuevas reglas del juego estaban en operación para 2008, así, o solo había cambiado la constitución bajo una ideología de la constitucionalidad del petróleo, y nuevas leyes, sino que la expropiación y nacionalización de todo el negocio petrolero en manos privadas. Se dejaron acuerdos entre empresas estatales de otros países, asociados a PDVSA, curioso fenómeno que fue llamado de empresas mixtas, lo cual no es cierto; la asociación eran extensiones de empresas estatales con la estatal venezolana, PDVSA.
Los efectos inmediatos estaban previstos y escritos en la propia constitución 1999, el socialismo, era necesario la expansión y crecimiento de las economías del Estado y ello requería fondos incalculables, el ingreso petrolero y dispuesto para la inversión tomo la dirección de crear un Estado con petróleo. Y se extiende hacia un proceso de agotamiento -declinación producción and agotamiento recurso- todo lo cual convergió en un intenso proceso de descapitalización de la industria petrolea por desinversión del Estado en sus convenios con sus socios, en un proceso económico y político que en pocos años llegaría al colapso de la industria petrolera nacional.
La industria petrolera colapsada requiere un marco jurídico de plena apertura en los mercados.
Los grandes cambios del socialismo fueron de naturaleza constitucional, lo más importantes por la debilitamiento que en 2007 que trajo a la industria petrolera dado que los cambios constitucionales y las nuevas legislaciones del sector de hidrocarburos junto con los tecnológicos, financieros, económicos, coadyuvaron el decaimiento y en el corto a mediano plazo el colapso de la industria y la disolución masivas de las asociaciones –empresas mixtas – de los asociados de PVDSA, la mayoría empresas estatales.
La mayoría de los asociados privados migraron y unos cuantos acuerdos con empresas estatales con Rusia, China, se mantuvieron sin exponer mucho dada la incapacidad de PDVSA de cumplir los contratos de asociación de su inversión en esos ventures siendo en esos contratos el socio mayoritario –60%. Un nuevo marco jurídico requería revertir los cambios que trajo el socialismo con la Constitución y las leyes LOP y empresas mixtas, además de las leyes petroleras tributaria.
¿Que debe cambiarse y cuales reformas se requieren?
En la eventualidad de un nuevo marco jurídico para “recuperar la industria petrolera hoy en colapso, es necesario entrar en una fase de reversión institucional en la búsqueda de un camino que lleve la industria petrolera al mercado, internacional, a la privatización, la última probable oportunidad por donde pueda fluir la exportación de petróleo, en caso de que sea rentable, y por ello la necesidad de privatizarlo. Desde luego que un arreglo institucional requerirá la reforma de la Constitución de 1999 ya que esta constitucionalizo como flujo fiscal el ingreso petrolero,
Era evidente que si en algo había que pensarla por aquellos que piensan que tanto PDVSA como el resto de la industria podría recuperarse, no les paso por la cabeza la necesidad de sus esperanzas de revivir el petróleo que debían simplemente desechar el marco constitucional que metió el petróleo en la factura fiscal del Gobierno – Art 12 de la constitución- y procurar un marco jurídico que permitirá privatizar la industria petrolera entre otros porque la propia industria petrolera estaba en default por una deuda en los mercados financieros y petroleros qué supera los $140.000 Millones.
El cambio institucional debe dirigirse a la creación de un “rule of law” para el petróleo, y debería eliminar la actual ley de empresas mixtas, y abrir el mercado a la privatización, fenómeno económico y financiero que permitiría disminuir los niveles actuales de endeudamiento externo, con la transformación de esas deudas en capital, un fenómeno económico simple, y sencillo de canjear deuda por capital – debt equity swap.
En otras palabras y financieramente, un plazo adelante y pagar la deuda con el mismo petróleo en reservas, incluyendo la infraestructura petrolera recuperable. Las cosas no han caminado por ese camino, incluyendo a los asesores de la Comisión a cargo de la LOH, la mayoría provenientes de los grupos de interés dentro de la corporación hasta 1999, Aparentemente el sentido de maula adosado por los últimos cuatro defaults del Estado venezolanos prefirió dejar la institucionalidad igual, y prepararse para refundar el Petro Estado y volver a lo mismo, cómo si acá no hubiese pasado nada.
Privatización: deuda por capital.
En un proceso de apertura en los mercados es esencial ir directamente a la creación de un marco jurídico que pueda crear la comencemos definiendo los derechos de propiedad -y califiquémoslos por razones de una narrativa alimentada por el conocimiento- de económicos, y por extensión sabremos qué es y para qué sirve y cuál es su rol en una civilización- que un individuo ejerce sobre un bien o un activo para que individuo sea capaz, en términos esperados, de consumir el bien o los servicios generados por el activo, para resolver satisfacción,, utilidad, deseo, ambos de manera o bien directa o indirectamente, como parte de origen de una transacción que denominamos intercambio ejercida en un entorno de libertad, precios y beneficios.
De acuerdo con esta definición, un individuo tendrá menores derechos -de propiedad- sobre un producto que es propenso a robo o restricciones en su intercambio, como fijación de precios por la presencia de controles en los precios. Bajo esas circunstancias los costos de transacción crecerán y los puntos de equilibrio que definen la competitividad de las empresas -el individuo libre- se pervierten generando perdidas y salidas del mercado, quiebras y bancarrotas. Acá colocamos otro concepto básico y necesario comprender, el conocimiento lo hará más libre.
Una nueva narrativa y la defenestración del Petroestado
La penumbra del Petroestado
Entonces el concepto de propiedad refiere exclusivamente con la propiedad de(los) individuo(s). En ese sentido lo que se denomina corrientemente como propiedad estatal su definición es otra por el simple hecho que los derechos que un ente abstracto que no emite derechos plenos, sino derechos difusos, precisamente por no caracterizar las definiciones de la propiedad del individuo, privada, uso, usufructo, disponibilidad, y exclusión.
En ese sentido, costos de transacción son aquellos costos que no están las fases de producción ni distribución del bien sino costos que restringen su realización, así como en el intercambio, por ejemplo, los costos que generan la defensa contra los derechos de propiedad mal definidos, o inexistentes. Veamos, por ejemplo, los costos de transacción en un Estado Fallido elevan considerablemente los costos para invertir y consumir, el empobrecimiento es la única variable en movimiento. El ingreso cae y los beneficios se diluyen, aparecen las pérdidas y la bancarrota. Acá es indispensable revisar el riesgo y analizar lo que estaba en sus últimas calificaciones, es necesario tipificarlo, es probable que encontremos recurrencia en su presentación, es un oficio que nos pone frente a la verdad de manera frontal, es de importancia cardinal,
Esa experiencia permitió comprender en 2010 que PDVSA atraviesa serios problemas de liquidez los cuales eran visible en el flujo de caja y el costo acumulado de la deuda en los últimos seis (años) y ello era esencialmente consecuencia de la estructura fiscal del Petro Estado y así determinar el riesgo político -toma de decisiones fiscales- que permitió proyectar –ceteris paribus– un desenlace dramático en el mediano plazo, entre 2013 y 2015 y que condujo al colapso, era un sistema de depredación que se aceleró con el paro petrolero y continuo con la descapitalización de la industria que llevo el sistema complejo petrolero al colapso de características terminales,.
Todo provenía desde el largo plazo con la nacionalización, un error de tamaño universal, la creación de un Estado, configurado entre quienes lo administran políticamente gobierno y parlamentarios se transmite una especie de legado a los sustitutos del actual gobierno de Maduro y legisladores y constituyentes de ayer con políticos diseñados no para los cambios y las reformas requeridas sino para utilizar el legado político y legislativo en otro momento que termina repitiendo el legado de los anteriores en el momento de legislar -nuevamente- sobre los mismos intereses fiscales de los grupos en poder del Petro Estado, dentro de la corporación petrolera y dentro de la Republica, el gobierno.
Es precisamente lo que hoy estamos viendo y nos habla rápidamente la estructura funcional de la clase política de ayer con la actual en ambos gobiernos, el intruso y el interino. ¿La pregunta automática se dirige a los legisladores de hoy, porque en medio de un colosal colapso el esquema legislativo en la LOH es más o menos el mismo que trajo la descomposición industrial del petróleo?
Reglas de juego, economía política y el costo social de nueva nacionalización
Todo en el campo de las reglas de juego, de la economía políticas y el costo social que reventó y mantiene sus esquemas depredadores en la actual Ley Orgánica que prepara los parlamentarios del gobierno de Guardó, creando un instrumento jurídico similar al del Gobierno de Chávez en su turno, con el mismo juego que permite ordenar reglas, decretos leyes y su relación con la economía -producción distribución, consumo, en un código escrito como normas y garantías pero también bajo la informalidad racional contra lo que es deseable crear una sociedad que sobre valores éticos y morales en dirección a reducir los costos de transacción, un solo camino, salir del Estado como ente derivado a producir riqueza cuando es obvio que los Estados no crean riqueza de ningún orden.
Al final el objetivo es disminuir los costos de transacción, los cuales, en países en el margen de lo vivible, son de una mayor dimensión que los costos de producción, la mayoría de las veces esos costos transaccionales como externalidades, un concepto asociado que permite conocer el funcionamiento en un medio del “costo social”. Veamos un ejemplo que toma el cuerpo del marco y seguridad jurídica que afecta competitividad, propiedad, riesgo, y en un margen determinado saca el negocio del mercado.
En un sistema complejo como la “industria del petróleo” la Legislación actual de las empresas mixtas es la base de la inexistencia de la seguridad jurídica expuesta en las formas fiscales que asocian a la empresa privada para distribuir los beneficios que se supone es lo que permitió la asociación entre PVDSA – el Estado- con socios, estatales los más y privados, los menos. Este diseño no se elaboró y legisló por olvido sino con la intención de procesar anticipadamente el valor fiscal de la renta en disputa, con el objetivo de ser “fiscal” en el Tesoro o en PDVSA, que es lo mismo, es el Gabinete Ejecutivo, en el Gobierno que centralizaba las funciones operativas y administrativas de los socios de PDVSA hasta el momento en que se transferir a lo que supuestamente serian sus beneficios. Esta es apenas un primer costo de transacción.
Algunos detalles importantes pocos conocidos en la opinión publica.
Quizás el caso más citado y muy estudiado en la SEC (Stock Exchange Security) fue la deuda que el gobierno tuvo con PDVSA por espacio de tres años con los beneficios represados por CADIVI (Ministerio de Finanzas), y que resulto en la transferencia del poder de la mayoría a un fondo de fideicomiso que manejaba el socio minoritario. La SEC se lo impuso a Chevron y el objetivo era proteger la propiedad privada de los socios menores de Chevron.
Al final casi todos estuvieron de acuerdo, 39 y más empresas mixtas simplemente colapsaron y aun PDVSA les debe cerca de $23500 Millones y que eventualmente entrarían en la reestructuración de la deuda gracias a la cláusula de pari passu y cross border que obliga a darle todos los beneficios a todo aquel que tenga una acreencia con el Gobierno, Estado o PDVSA. Les recomiendo con este ejemplo hacer las matemáticas financieras básicas y estimar las pérdidas de los socios de PDVSA. Así opera el riesgo, la inseguridad jurídica, si esas figuras no se resuelven constitucionalmente con reformas intensas, nadie se asociará con el Estado venezolano. Como este ejemplo tengo muchos otros, pero lo dejo hasta acá.
El Costo Social.
Ampliemos el concepto con este otro ejemplo con el petróleo venezolano. El teorema del Costo Social nos indica claramente que los costos de producir el petróleo crecen en la medida que crezcan los costos de transacción que emergen de un país con limitaciones al mercado de capitales, altamente endeudado y un régimen de dependencia del Tesoro que haría no competitivo al petróleo venezolano, no deseche el creciente feedback que se transmite de los costos de transacción -externalidades si lo prefieren así- a los costos de producción, típico esquema de reacción de un sistema complejo.
Esas estimaciones las hemos realizado y hemos encontramos que los costos de transacción duplican los costos totales de producción, lo que hace casi imposible que veamos inversionistas para entrar en la fase recuperación y restauración de nódulos particulares de la red que define la industria petrolera como sistema complejo, en el modo de operar y adelantado en los tres párrafos anteriores. Es la forma o manera mediante las cuales los individuos se organizan para el uso de los recursos disponibles con el fin de maximizar el valor de sus derechos económicos y jurídicos sobre estos recursos. Sobre esta definición de propiedad privada, los derechos de propiedad y todas las formas de organización son el resultado de las acciones deliberadas de los individuos.
En la tradición de R. Coase -costos de transacciones, Costo Social- la propiedad privada como tal ofrece una estructura teórica unificada para tratar el intercambio, la formación de derechos y la organización que la teoría económica tradicional mente asume, todo lo cual es el nervio que emprende el progreso técnico. Los derechos de propiedad del individuo sobre un activo se definen entonces como la capacidad de los individuos para obtener del activo por consumo directo o por intercambio beneficios y utilidad. Las dificultases que genera la estimación de los costos de transacción, como ejemplo, veamos las empresas mixtas en la industria petrolera, donde los derechos de propiedad fueron en la ley además de las restricciones constitucionales, se hace complejo su evaluación y estimación de su impacto sobre la propiedad y sus derechos.
Del Estado al Mercado: la única real posibilidad para “exportar petróleo”
En ese sentido, evaluar con precisión todos los atributos de los activos; recursos en propiedad, los derechos sobre ellos por lo general nunca se delinean completamente. Queda en términos de su legislación crear el mayor sentido las libertades de precios y competitividad como mecanismo de políticas públicas para fortalecer los derechos de propiedad eliminando las restricciones que generan el crecimiento de los costos de transacción. Por ello, la propiedad está en peligro de ser apropiada por otros, terceros y en países sin rule of law, el primer enemigo de la propiedad privada es el propio Estado, ente abstracto en poder de intereses políticos buscan recursos y activos expropiados con el objetivo de generar renta que es transferida al Gobierno/Estado combo ingreso fiscal.
Los individuos mejoran sus derechos mediante acciones como la protección y una mejor delineación de sus activos y la solicitud al Estado de la creación de un marco jurídico que proteja la propiedad, es muy factible que si un rule o law respectivo encontremos crecimiento económico cuando los derechos de propiedad y la propia propiedad están en peligro por terceros o del mismo Estado por expropiación. Por estas razones juega un rol fundamental en la perdurabilidad de la propiedad privada como el rol central del capital social como garante de las actividades de la empresa y de allí que la distinción entre derechos económicos y derechos legales es esencial, sin propiedad privada invertir, lucrar, ganar y progresas en el mercado transando la propiedad y títulos como parte del juego económico.
Venezuela es quizás el mayor ejemplo en estos tempos, dado que el socialismo desde hace décadas y complementado con la revolución socialista contenida en la Constitución y las leyes y decretos de gobiernos, junto a los esquemas violentos de ruptura de contratos y expropiaciones solo generarían ruina y empobrecimiento, y estos fenómenos fueron y seguirán siendo los datos existentes en Venezuela desde hace décadas. Así se tomó por asalto el sistema judicial fenómeno al cual el país se vio incapacitado de salir en la defensa de sus libertades económicas, inducido por los rumbos de ruina en unas cuantas décadas.
La historia que comenzó en 1975 con la nacionalización de la industria petrolera y se consolido en los 2000 con la confiscación y expropiación del sector privado que se asoció con el Estado vía PDVSA en los 90.s y en general de toda actividad económica conecta a la industria petrolera; de esa manera la crisis humanitaria por empobrecimiento nos recuerda la célebre reflexión de Seneca el estoico, filosofo romano clásico quien dejo escrito para la historia por venir, una frase imposible de olvidar…”….el progreso se alcanza con un crecimiento lento, la ruina por el contrario ocurre con elevada velocidad..” nos hacemos ricos lentamente y empobrecemos en medio de una fuerte violencia del tiempo
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Alexander Guerrero E., PhD. Economist Zagreb University, MSc DA (UCV), MSc Econometrics Manchester University England, PhD Economics (London), Fellow Prof. Invited Oxford University England. Petroleumworld en Español no se hace responsable por los juicios de valor emitidos por sus colaboradores y columnistas de opinión y análisis.
Este artículo fue originalmente publicado por alexanderguerrero.com, el 29 de enero, 2021. Reproducimos el mismo en beneficio de los lectores. Energiesnet en Español no se hace responsable por los juicios de valor emitidos por sus colaboradores y columnistas de opinión y análisis.
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Petroleumworld.com 07 10 2021
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