Por Rubén Aguilar Valenzuela
En la Ley Orgánica del Ejército y la Fuerza Aérea se establece: “El Mando Supremo del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, corresponde al Presidente de la República, quien lo ejercerá por sí o a través del Secretario de la Defensa Nacional; para el efecto, durante su mandato se le denominará Comandante Supremo de las Fuerzas Armadas”.
Se dice que: “El Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos conforman una organización que realiza sus operaciones mediante una estructura jerárquica que comprende los siguientes niveles de mando: I. Mando Supremo; II. Alto Mando; III. Mandos Superiores; IV. Mandos de Unidades”.
Y establece también que: “Cuando se trate de operaciones militares en las que participen elementos de más de una Fuerza Armada o de la salida de tropas fuera del Territorio Nacional, el Presidente de la República ejercerá el Mando Supremo por conducto de la autoridad militar que juzgue pertinente”.
Así, el presidente, como Comandante Supremo, puede ejercer de manera directa el mando sobre el Ejército y la Fuerza Área o delegar al secretario de la Defensa, para que este lo haga. En el caso de que participe la Marina o salgan tropas fuera del país se establece que ejerce el Mando Supremo a través de una autoridad militar designada por él.
En su calidad de Comandante Supremo, tiene la facultad de: “Nombrar al Secretario de la Defensa Nacional; II. Nombrar al Subsecretario; al Oficial Mayor; al Inspector y Contralor General del Ejército y Fuerza Aérea; al Jefe del Estado Mayor de la Defensa Nacional; al Fiscal General de Justicia Militar y al Presidente así como a los Magistrados del Tribunal Superior Militar; III. Nombrar al Jefe del Estado Mayor Presidencial; IV. Nombrar a los Comandantes de los Mandos Superiores; V. Nombrar a los Comandantes d las Unidades de Tropa y a los Comandantes de los Cuerpos Especiales; VI. Nombrar a los Directores y Jefes de Departamento de la Secretaría de la Defensa Nacional; VII. Nombrar a los demás Funcionarios que determine; VIII. Autorizar la división militar del Territorio Nacional y la distribución de las Fuerzas; y IX. Autorizar la creación de nuevas unidades para el Ejército y Fuerza Aéreas; nuevas ramas y servicios; nuevos establecimientos de educación militar o nuevos cuerpos especiales”.
El inmenso poder que la Ley Orgánica del Ejército y la Fuerza Aérea le otorga al presidente está sujeta a un artículo que establece que el presidente de la República dispondrá del Ejército y Fuerza Aérea, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Este artículo en la fracción IV dice es atribución suya: “Nombrar, con aprobación del Senado, los Coroneles y demás oficiales superiores del Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacionales”. En la fracción V que puede: “Nombrar a los demás oficiales del Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacionales, con arreglo a las leyes”.
En la fracción VI le corresponde: “Preservar la seguridad nacional, en los términos de la ley respectiva, y disponer de la totalidad de la Fuerza Armada permanente o sea del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea para la seguridad interior y defensa exterior de la Federación”.
Y en la fracción VII, que se añadió en 2019, “Disponer de la Guardia Nacional en los términos que señale la ley” y en la fracción VIII que puede: “Declarar la guerra en nombre de los Estados Unidos Mexicanos, previa ley del Congreso de la Unión”.
El Ejército ocupa hoy un espacio no visto, después del término de la presidencia del general Manuel Ávila Camacho, último militar que ocupó ese cargo, se inicia un proceso para acotar la intervención de las Fuerzas Armadas en la vida del país. Con el presidente Calderón, el Ejército adquiere un nuevo papel en tareas de seguridad pública, que continúan con el presidente Peña Nieto.
Al arribo del presidente López Obrador, con el apoyo del secretario de la Defensa, general Luis Cresencio Sandoval González, el Ejército se ha convertido en una piedra angular de su proyecto político partidista. Usa su condición de Comandante Supremo de las Fuerzas Armadas, para disponer a su antojo del Ejército.
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Rubén Aguilar Valenzuela, Socio fundador de Afan Consultores Internacionales, S.C. Doctor en Ciencias Sociales. Profesor en el Departamento de Comunicaciones y Ciencias Políticas de la Universidad Iberoamericana. Articulista en diversos periódicos y revistas. Fue Fundador y director de la Agencia Salpress del FMLN, el Salvador. coordinador de la Secretaría Particular de la presidencia de Fox (2002-2004) y portavoz del gobierno (2004-2006). Sus últimos libros en conjunto con Jorge Castañeda son: La Diferencia: Radiografía de un sexenio (2007) y El Narco: La Guerra Fallida (2009). Twitter: @RubenAguilar, ruben@miscuadernos.com.mx. Los puntos de vista expresados no necesariamente son los de EnergiesNet.
Nota del Editor: Este artículo fue originalmente publicado en Animal Político, el 12 de octubre, 2022. Reproducimos el mismo en beneficio de los lectores. EnergiesNet en Español no se hace responsable por los juicios de valor emitidos por sus colaboradores y columnistas de opinión y análisis.
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EnergiesNet.com 10 12 2022