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Ecuador pide a corte internacional anular fallo a favor de Gente Oil -Bloomberg Línea

El 24 de mayo de 2022, un tribunal de arbitraje internacional constituido bajo las Reglas de Arbitraje de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (“Tribunal Arbitral”) emitió el laudo final en el que confirmó que la actuación del Ecuador violó el Contrato de Prestación de Servicios para la Exploración y/o Explotación de Hidrocarburos en el Bloque Singue de la Región Amazónica Ecuatoriana suscripto con Gente Oil (el “Contrato”). El Tribunal Arbitral condenó al Ecuador al pago de daños patrimoniales y morales a Gente Oil, más intereses y parte de las costas del procedimiento y de los letrados de Gente Oil.


Ángela Meléndez, Bloomberg Línea

QUITO
EnergiesNet.com 25 08 2022

La Procuraduría General del Estado presentó un recurso de nulidad ante la Corte de Apelaciones de Santiago de Chile en contra del laudo dictado el 24 de mayo de 2022, por el tribunal arbitral administrado por la Corte Permanente de Arbitraje en el proceso iniciado por Gente Oil contra el Estado ecuatoriano.

“Esta procuraduría no cejará en sus esfuerzos para defender los intereses del Estado ecuatoriano y su patrimonio, en jurisdicción nacional e internacional”, señaló la entidad en un comunicado.

En mayo pasado, el tribunal mencionado resolvió que Ecuador violó el contrato de prestación de servicios para la exploración y/o explotación de hidrocarburos en el Bloque Singue de la región amazónica ecuatoriana suscrito con Gente Oil.

La sentencia del tribunal, con sede en Chile, condenó al país al pago de daños patrimoniales y morales a la empresa más intereses. La suma asciende a US$ 10′710.768 y se desglosa de la siguiente manera:

US$ 6′492.758 por el lucro cesante causado por las restricciones de transporte.
US$ 3′503.252 por los daños o “costes hundidos” provocados por la frustración de la Solución Integral.
US$ 314.758 por los daños causados por la aplicación de la Resolución No. 281 al contrato
US$ 400.000 por los daños morales causados por acciones y omisiones de la demandada

“Después de un minucioso análisis de la prueba, el Tribunal concluye que el comportamiento descrito anteriormente debe ser considerado doloso, al menos en la modalidad de dolo eventual”, señala la sentencia.

Asimismo, “el Tribunal considera probado que la demandante ha sufrido daños en su reputación y buen nombre como humillaciones u ofensas semejantes, daños que han sido agravados y prolongados por los actos y omisiones de la demandada”.

EL CASO

Gente Oil fue parte del consorcio DGC, que incluía también a la compañía Dygoil. Según explica Primicias, el Estado le adjudicó a DGC el contrato de prestación de servicios para el Bloque 5 o campo Singue, ubicado en Amazonía en 2012. Luego, en 2014 Dygoil le cedió su participación en el consorcio a Gente Oil, que interpuso la querella contra el Estado ecuatoriano el 6 abril de 2018, por supuestas violaciones de los términos del contrato.

La petrolera citó la pretensión de reducir la tarifa que el Estado le paga a la empresa. “Sin ningún sustento legal, la Contraloría General del Estado pretende de forma unilateral recuperar US$ 1,05 por cada barril producido de la tarifa pagada, sin considerar que lo pagado a la compañía ni siquiera ha sido suficiente para cubrir las inversiones de capital”, dijo Gente Oil en un comunicado del 11 de abril de 2018.

LAS REPERCUSIONES

Todo esto derivó en una investigación penal por un supuesto perjuicio al Estado, que aún no termina de resolverse y en el que está involucrado el expresidente de la República Jorge Glas.

A pesar del fallo internacional, la Procuraduría aseguró que la decisión del tribunal no incide en la sentencia penal. Además, destacó que “de una pretensión inicial de aproximadamente US$ 92 millones, el laudo condenó al Ecuador al pago de alrededor de US$ 11 millones, con lo cual Gente Oil consiguió apenas el 11% de los daños que solicitaba al tribunal”.

8/25/22, 6:52 AM Ecuador pide a corte internacional anular fallo a favor de Gente Oil

https://www.bloomberglinea.com/2022/08/24/ecuador-pide-a-corte-internacional-nulidad-de-fallo-a-favor-de-gente-oil/ 2/2

Respecto al tema penal, la Procuraduría manifestó que “la condena al Estado en el arbitraje internacional no incide en la sentencia condenatoria dictada por el Tribunal de Juzgamiento de la Sala Especializada de lo Penal (…) de la Corte Nacional de Justicia por el delito de peculado ni en los recursos de apelación planteados”.

La entidad sustenta su argumento en que los hechos que conforman el supuesto delito “no han sido objeto de análisis y resolución por parte del tribunal arbitral”.

bloomberglinea.com 24 08 2022

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